Need a Visa? Over 1000

Visas Approved! click here

¿Cómo obtener visa de esposos para Estados Unidos CR-1?

Si usted es ciudadano estadounidense y está casado con un hombre o una mujer extranjera, ya sea del mismo sexo o del sexo opuesto, su cónyuge puede solicitar una visa CR-1 (la visa de cónyuge) para venir a los Estados Unidos. Esta visa en particular es para parejas que han estado casadas por menos de dos años. Si ha estado casado por más tiempo, su cónyuge solicitaría la visa IR-1.

Ambas visas de cónyuge vienen con una tarjeta verde (a diferencia de la visa de prometido (a), que requiere que presente un Ajuste de estatus después de casarse).

El matrimonio entre personas del mismo sexo se legalizó en todo EE. UU. En 2015, con derechos de inmigración homosexuales iguales, por lo que su matrimonio será reconocido en EE. UU. Y el proceso de visa será el mismo para usted que para cualquier pareja heterosexual. Su matrimonio entre personas del mismo sexo será reconocido en todos los estados de los EE. UU. Y tendrá los mismos derechos que las parejas del sexo opuesto, incluido el derecho a tomar decisiones médicas en nombre de su cónyuge si no puede hacerlo, el derecho a beneficios y seguro del trabajo de su cónyuge, el derecho a heredar los bienes de su cónyuge y el derecho a la responsabilidad compartida de sus hijos. (Las parejas e individuos homosexuales, lesbianas, bisexuales y transgénero pueden adoptar niños en los Estados Unidos, pero cada estado tiene sus propias leyes con respecto a estas adopciones. Consulte esta lista de estados y sus leyes particulares sobre adopciones de homosexuales).

Puede optar por asumir el proceso de visa por su cuenta, pero tendríamos que preguntar: ¿por qué? Contratarnos le alivia el estrés y le permite concentrar su energía en establecer su nueva vida con su cónyuge en los Estados Unidos.

Links de Interés

Visa-K1-para-su-prometido-en-Colombia
Visa-K1-para-personas-del-mismo-sexo
Visa-de-Turista-o-Visitante-en-Colombia
visa-de-pensionado-en-Colombia
Visa-de-Trabajo-en-Colombia
Visa-de-Negocios-para-Colombia
Visa-de-Migrante-para-padres
Visa-K1-para-personas-del-mismo-sexo

Proceso de Visa CR-1

Usted, ciudadano estadounidense, debe presentar la Petición de familiar extranjero (formulario I-130) de su cónyuge extranjero. Esto lo convierte a usted en el patrocinador y a su cónyuge en el beneficiario. Después de unas semanas, recibirá un aviso de que los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos han recibido la petición. En ese momento, la oficina podría tardar varios meses en procesar su solicitud. Recibirá un aviso si necesitan más documentos e información de respaldo, o cuando la petición sea rechazada o aprobada.

Hay una variedad de razones por las cuales se puede denegar la solicitud de visa de su cónyuge. Afortunadamente, la mayoría de ellos son bastante obvios y probablemente podamos detectarlos incluso antes de que inicie el proceso de solicitud. Sin embargo, el USCIS puede denegar la petición por cualquier motivo que considere oportuno, y algunos de ellos (como si no creen que su matrimonio sea genuinamente por razones de amor y relación) no se pueden predecir. Estos motivos de denegación incluyen:

EE.UU.-CÓNYUGE-Visa-CR1-IR1-K3-Costo
Visas-de-turista-para-los-Estados-Unidos-de-America

Presentar la petición de visa CR-1

Usted, ciudadano estadounidense, debe presentar la Petición de familiar extranjero (formulario I-130) de su cónyuge extranjero. Esto lo convierte a usted en el patrocinador y a su cónyuge en el beneficiario.

Después de unas semanas, recibirá un aviso de que los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos han recibido la petición. En ese momento, la oficina podría tardar varios meses en procesar su solicitud. Recibirá un aviso si necesitan más documentos e información de respaldo, o cuando la petición sea rechazada o aprobada.

Hay una variedad de razones por las cuales se puede denegar la solicitud de visa de su cónyuge. Afortunadamente, la mayoría de ellos son bastante obvios y probablemente podamos detectarlos incluso antes de que inicie el proceso de solicitud. Sin embargo, el USCIS puede denegar la petición por cualquier motivo que considere oportuno, y algunos de ellos (como si no creen que su matrimonio sea genuinamente por razones de amor y relación) no se pueden predecir. Estos motivos de denegación incluyen:

• Condenas penales por tráfico de drogas, trata de personas o blanqueo de capitales

• Múltiples condenas penales

• Violaciones de inmigración anteriores

• Ciertos medicamentos físicos y mentales

• Condiciones y enfermedades transmisibles

• Su incapacidad para brindar apoyo financiero suficiente para usted y su cónyuge

• Inelegibilidad permanente para la inmigración a los EE. UU.

Si es aprobado, tendrá que completar más formularios para continuar con el proceso.

$

Pagar sus tarifas y presentar la solicitud de visa CR-1

Después de que el USCIS apruebe la Petición de familiar extranjero, su caso será enviado al Centro Nacional de Visas.
Deberá pagar las tarifas requeridas, después de lo cual se le indicará que complete la solicitud de visa. Esto incluye una Declaración jurada de apoyo (formulario I-864).

Debe tener una residencia en los EE. UU. Para completar la Declaración jurada de apoyo. Esta declaración jurada demuestra que tienen los medios económicos para mantenerse en los Estados Unidos y que no tienen la intención de depender de la ayuda del gobierno de los Estados Unidos.

Su cónyuge deberá obtener un examen médico de un médico autorizado, ya que existen ciertas enfermedades y condiciones mentales que podrían descalificar a su cónyuge para recibir la Visa CR-1. Es posible que se requieran vacunas.

Su cónyuge luego completará la solicitud de Visa CR-1. Para ello, necesitará los siguientes documentos:

• Solicitud de visa de inmigrante y registro de extranjero

• pasaporte

• Declaración jurada de apoyo (que demuestre que tiene los medios económicos para cuidar de sí mismos)

• 2 fotografías tamaño pasaporte (2×2 pulgadas)

• Documentos civiles (estos incluyen certificados de nacimiento, certificados de matrimonio, certificados de divorcio o defunción si alguno de ustedes estuvo casado anteriormente, certificados de la policía y más, como registros de la corte o de la prisión, según corresponda)

$

La entrevista sobre la visa CR-1

En este punto, su caso se trasladará a la embajada de EE. UU. En el país donde vive actualmente su cónyuge. Aquí es donde irá para su entrevista de Visa CR-1.

Primero, se le indicará que se someta a un examen médico. Esto debe ser realizado por un médico autorizado. Los resultados se enviarán a la embajada o se entregarán a su cónyuge en un paquete sellado que ella llevará consigo a la entrevista.

El propósito de la entrevista es descartar cualquier sospecha de fraude migratorio. Siempre que su matrimonio sea real (y no una farsa para que su cónyuge reciba una visa), no hay nada de qué preocuparse. A su cónyuge se le harán algunas preguntas, que podrían ser sobre usted y su vida e intereses, su historial de relaciones, su familia, por qué elige mudarse a los EE. UU., Etc.

$

Mudarse a los Estados Unidos con una visa CR-1

¡Felicidades! Si su cónyuge recibe una visa CR-1, puede hacer sus arreglos de viaje para mudarse a los Estados Unidos. Deberá hacer esto dentro de los seis meses posteriores a la recepción de la visa CR-1. Puedes viajar con él, pero no es obligatorio. A las pocas semanas de su llegada a los EE. UU., Su cónyuge tendrá su tarjeta de residencia y será legal para trabajar y viajar dentro y fuera del país a voluntad.

Problemas de Visa

Requisitos de la visa CR-1

Su cónyuge extranjero deberá reunir documentos, completar formularios y asistir a una entrevista para la visa CR-1, pero nada de eso es posible sin usted. Antes de que suceda cualquier otra cosa, usted, como cónyuge ciudadano estadounidense, debe presentar la Petición de familiar extranjero (Formulario I-130) para iniciar el proceso de Visa CR-1.

Para hacerlo, hay ciertos requisitos que deben cumplirse. Estas calificaciones son las mismas para las parejas del mismo sexo que para las parejas heterosexuales. Podemos ayudarlo a determinar si cumple o no con todos los requisitos.

$

¿Eres un ciudadano de los Estados Unidos?

Usted será el patrocinador de su cónyuge extranjero para recibir la Visa CR-1 y, como tal, debe ser ciudadano estadounidense. También es posible que su cónyuge solicite una Visa CR-1 si usted es titular de una tarjeta verde, pero el proceso llevará más tiempo.

$

¿Tiene una residencia en los Estados Unidos?

Parte del proceso de solicitud de la visa CR-1 incluye un formulario llamado Declaración jurada de apoyo (formulario I-864) (un documento que demuestra que tiene los medios económicos para mantenerse a sí mismo y a su cónyuge). Para completar este formulario, debe tener una residencia legal en los EE. UU. Donde pretende vivir después de que su cónyuge llegue a los EE. UU.

$

¿Tienes al menos 18 años de edad?

Para tener la residencia legal requerida en la Declaración jurada de apoyo, debe tener 18 años.

$

¿Estás legalmente casado?

Una ceremonia religiosa no es suficiente. Debe tener una prueba oficial (como en un certificado de matrimonio) que demuestre que su matrimonio es legal y válido en el país donde se celebró.

Tenga en cuenta que los matrimonios de hecho pueden calificar a su cónyuge para la Visa CR-1, dependiendo de las leyes que rigen estas uniones civiles en el país donde se llevaron a cabo. Simplemente vivir juntos no cuenta como matrimonio.

El matrimonio homosexual ha sido legal en los 50 estados de EE. UU. Desde 2015, por lo que puede estar seguro de que se reconocerán sus derechos matrimoniales entre personas del mismo sexo, sin importar dónde elija vivir en EE. UU. El proceso de solicitud de visa de cónyuge es el mismo si es una pareja del mismo sexo o una pareja del sexo opuesto.

$

¿Tiene algún medio de apoyo financiero?

Esto deberá probarse a través de la Declaración Jurada de Apoyo y documentos de respaldo, como declaraciones de impuestos y comprobante de ingresos.

La cantidad exacta de ingresos que necesita depende del estado en el que piensa vivir.

Si no gana suficiente dinero para cumplir con este requisito y mantenerse a sí mismo y a su cónyuge extranjero, es posible que pueda utilizar activos como bienes raíces, seguros de vida o una cuenta de ahorros. Sin eso, todavía tiene la opción de obtener un patrocinador conjunto: un ciudadano estadounidense que cumpla con los requisitos de ingresos y acepte ser responsable de las necesidades financieras de su cónyuge extranjero.

Cada caso de Visa CR-1 es diferente. Las leyes del país de su cónyuge podrían afectar su proceso de solicitud. Examinamos cada caso para ayudarlo primero a determinar si es elegible para solicitar una visa CR-1 para su cónyuge extranjero, considerar si su cónyuge es un candidato probable para la aprobación y luego preparar su solicitud lo más minuciosamente posible para garantizar la mejor oportunidad de aprobación. Confiamos en nuestra capacidad para hacer que este proceso se desarrolle sin problemas para usted y ayudarlo a traer a su cónyuge a los EE. UU.

Nuestra Historia

James Lindzey fundó el sitio web ColombiaVisas.com, que se actualiza constantemente con nueva información que explica las resoluciones, procedimientos y leyes de visas en Colombia para expatriados. James ha trabajado como investigador privado y asistente legal en los Estados Unidos durante los años 90 hasta que se mudó a Colombia en 2005. James llegó a Colombia en 2005 y comenzó a tramitar visas para expatriados, pero actualmente trabaja como Director de Servicios Legales para Visas de James. y Colombia Legal & Asociados SAS desde junio de 2023.

Colombia Legal & Associates adquirió la marca Visas by James porque se convirtió en una manera más familiar y fácil para los extranjeros de recordar el negocio, que las anteriores Visas y Tramites Internacionales. Mientras MedellinLawyer.com se centra más en cuestiones legales para expatriados, ColombiaVisas.com se centra más en visas y posee la marca Visas by James , Colombia Visas  es el sitio web más antiguo y proveedor de información sobre visas para expatriados en Colombia. Estamos orgullosos de ser los primeros y siempre a la vanguardia en brindar contenido interactivo de sitios web a nuestros visitantes. Además de nuestros servicios de visa, nuestra agencia ofrece una gama completa de servicios legales y contables a nuestros clientes. Podemos ayudar mejor en los servicios de recopilación de documentos en los Estados Unidos gracias a la experiencia legal previa de James en los Estados Unidos.

Que podemos hacer por usted

Completamos todos los formularios gubernamentales por usted. Todo lo que necesita hacer es aprobar y firmar. De esta manera, podemos asegurarnos de que los formularios se completen de manera adecuada y completa, lo que le ayudará a evitar demoras innecesarias y costosas o incluso la denegación de la visa de sus padres.

Estamos aquí para apoyarlo durante todo el proceso de Visa IR-5, desde la presentación de la Petición de Extranjero Relativo hasta el día en que su padre llega a suelo estadounidense. Tenemos claro lo que hacemos desde el principio. Nos pagará una tarifa, una vez, y puede comunicarse con nosotros en cualquier momento si tiene preguntas sobre el proceso de visa. Confiamos tanto en nuestra capacidad para ayudarlo a reunirse con sus padres en los Estados Unidos que ofrecemos una garantía de devolución de dinero.

Llámenos y le ayudaremos a comenzar con el proceso de la visa IR-5. Tu padre estará aquí contigo antes de que te des cuenta.

 

Traducciones, Apostillas y Legalizaciones:

apostille services

Nuestra empresa puede ayudar con traducciones, apostillas y legalizaciones. Estos servicios son adicionales y no están incluidos en nuestros servicios legales. Se pueden proporcionar cotizaciones para estos servicios según sea necesario. No se aceptan documentos sin estar debidamente legalizados.

Qué se incluye con nuestros servicios de visa:

Preparamos su paquete de inmigración completo, documentos, solicitud en línea y finalmente su solicitud de cédula * tarjeta de identificación de residente extranjero. La mayoría de los extranjeros optan por el derecho consuetudinario a menos que por razones religiosas se requiera un matrimonio religioso.

El derecho consuetudinario o unión civil es mucho más rápido y normalmente requiere menos documentación del extranjero. Sin embargo, si ya está casado en el extranjero, podemos ayudarlo con la legalización de matrimonios extranjeros en Colombia.

Consulte estas páginas web para obtener más información:

http://colombiamarriagevisa.com/

http://colombiamarriagevisa.com/colombia-civil-union/

http://www.medellinlawyer.com/colombian-prenuptial/

http://colombiabirthcertificate.com/

Cédula de extranjero colombiano para paquete de visa colombiana: (cédula) se emitirá en aprox. 2 semanas después de que se apruebe su visa y registre su visa con las autoridades de inmigración locales. Ayudamos en este proceso sin cargo adicional.

Aceptamos nuestras tarifas a través de paypal.com, chase bank, Bancolombia o en la oficina en efectivo. Las cuotas gubernamentales deben pagarse en pesos colombianos. Para comenzar el proceso requerimos el pago del 50% por los servicios. El saldo restante debe pagarse cuando la visa llegue a sus manos. Si está listo para comenzar, prepararemos una cotización oficial y un contrato de servicios.

Me gustaría escuchar sus comentarios sobre nuestros servicios. Por favor avíseme cuando podamos hablar. Tenemos números de USA y Colombia.

Nuestra oficina principal está ubicada en Medellín, Colombia cerca del Parque Lleras en El Poblado. Contamos con representación en Bogotá, Miami y Fort Lauderdale. La dirección de nuestra oficina principal es Cra 39 # 5A-95, Office 709, Edificio Avangarde. Aceptamos citas sin cita previa, pero siempre es bueno que nos avise con anticipación para que podamos programar una cita. Los códigos de área en Colombia han cambiado. Para comunicarse con nuestra oficina, llame al (57) 604-444-6634.

Need a Visa? Click Here!
close slider
Open chat
1
Click here for help and to chat with us!
Hello!

Our other chat in the right corner of the screen can give you basic requirements, quotes and costs for services.

All of our staff can now be contacted at 1 whatsapp chat number: +57-313-390-7109, or our company email at info@colombiavisas.com, and dont forget to visit our partner website: https://www.medellinlawyer.com

Need a Visa? Over 1000

Visas Approved! click here